“La cultura es la suma de todas las formas de arte, de amor y de pensamiento, que, en el curso de los siglos, han permitido al hombre ser menos esclavizado…”
André Malraux
He escrito muchas veces sobre la necesidad de tratar a creadores y creadoras como trabajadores de la cultura, sean trabajadores de la música, del teatro, de la escritura… para poner de relieve que no se trata de una actividad altruïsta para pasar el tiempo sino de profesiones de las que estas personas viven, o pretenden vivir. Aplaudí en su momento, en septiembre de 2018, la aprobación por unanimidad en el Congreso de los Diputados del Estatuto del Artista. Y siempre puse de manifiesto la necesidad de pasar del papel y las intenciones a la realidad y a la practicidad. Pues bien, en solo un año, la Comisión Interministerial para el Desarrollo del Estatuto del Artista, constituida en septiembre de 2021, ha logrado o está a punto de lograr 46 de las 58 medidas que contempla el Estatuto del Artista, eso es un 79%. Algunas de ellas ya han iniciado su tramitación legislativa y otras están en vías de hacerlo en breve.
En solo un año, la Comisión Interministerial para el Desarrollo del Estatuto del Artista ha logrado o está a punto de lograr 46 de las 58 medidas que contempla el Estatuto del Artista, eso es un 79%
¿Y eso qué significa?
Pues bien, estamos hablando de medidas como la reducción de los tipos de retención a cuenta del IRPF para los artistas, en casos de rendimientos inferiores a 15.000 euros anuales, del 15% al 7%, que se aplicará tanto para rendimientos de trabajo, como para rendimientos de actividad profesional, incluidos los anticipos por derechos de autor. También se ha aprobado la reducción del tipo de retención del IRPF para los contratos artísticos de duración inferior a un año, que pasa del 15% al 2%; una medida que permitirá, por ejemplo, recuperar la retención reducida al sector de los figurantes.
Más ejemplos de medidas, en este caso en proceso: se ha iniciado ya el estudio y debate de una propuesta para adaptar el sistema de cotizaciones del régimen de autónomos a las especificidades de la actividad de los autónomos culturales. Porque la intermitencia de muchos profesionales de la cultura no es tanto de actividad, sino de ingresos; es habitual que estos profesionales alternen períodos de alta y de baja en el régimen de autónomos, para evitar el pago de las cotizaciones cuando no obtienen ingresos y no pueden hacer frente a los mismos, i así no pueden construir una vida laboral suficiente para tener derecho a prestaciones dignas de la seguridad social, estando condenados a la precariedad. La medida pretende adaptar el sistema de cotización al RETA de este sector, para paliar este problema.
Otra medida en proceso: han finalizado los trabajos para disponer de un borrador de texto normativo que recoge el acuerdo ya alcanzado con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para actualizar y completar la normativa de 2019 que regula la compatibilidad de las pensiones de jubilación con el ejercicio de la actividad artística y la percepción de derechos de propiedad intelectual. Desde 2019, solo se contempla la compatibilidad de la pensión de jubilación con los derechos de propiedad intelectual. Fruto de los trabajos de la Comisión Interministerial del Estatuto del Artista, antes de fin de año se publicará la norma que también extiende la compatibilidad a los perceptores de pensiones no contributivas con un tope máximo, alcanzando la medida a los sectores más vulnerables.
El trabajo cultural tiene algunas especificidades, como su intermitencia y, en parte, también su permanencia, y nuestras leyes, en cambio, están pensadas con carácter generalista y universal
Estos son solo algunos ejemplos que he querido recoger para que seamos conscientes de la precariedad en la que viven su profesión tantos y tantas artistas y de la necesidad de seguir avanzando en este camino. Estas medidas tienen como objetivo mejorar el estatus profesional de esos artistas, trabajadores de la cultura, ¿recordáis? Se trata de mejorar su protección laboral y social y dotarles de un marco jurídico estable adaptado a las particularidades de su desempeño. Porque como manifestaba el ministro de Cultura y Deportes, Miquel Iceta, “el trabajo cultural tiene algunas especificidades, como su intermitencia y, en parte, también su permanencia, y nuestras leyes, en cambio, están pensadas con carácter generalista y universal”. Totalmente de acuerdo, y por ello aplaudo los avances conseguidos en este primer año de funcionamiento de la Comisión Interministerial para el Desarrollo del Estatuto del Artista, que ronda el 79% de las medidas aprobadas en el documento de 2018. ¡79% cultura!
“Si hubiera más políticos que supieran de poesía, y más poetas que entendieran de política, el mundo sería un lugar un poco mejor.”
John F. Kennedy